El sector parece haberse tomando en serio el tema de equilibrar el mercado. Para ello, la Interprofesional del Vino, máximo representante del sector y responsable de establecer aquellas herramientas que considere apropiadas con las que hacerlo, presentaba en el mes de noviembre una “hoja de ruta” al Ministerio de Agricultura por la que adoptar medidas tendentes a la estabilidad y mejora de la calidad del vino mediante la regulación de la oferta. En ella se contemplaba la intensificación de los controles en la destilación de subproductos, el establecimiento de unos rendimientos máximos a partir de los cuales su utilización deberá ser obligatoriamente un destino distinto al vino (mostos, vinagres, alcoholes…) o la recuperación de los contratos de almacenamiento a largo plazo, por los que se retiraba voluntaria y temporalmente un volumen del mercado.
Este documento cuya entrada en vigor mediante un Real Decreto está prevista para el 1 de agosto de 2020, ha comenzado su tramitación con la elevación a consulta pública, cuyo plazo finaliza el próximo 31 de enero, de un RD que regule la norma de comercialización del vino sin I.G. Superado este primer escollo, la futura normativa limitaría los rendimientos por hectárea de uva sin Indicación de Calidad (vinos de mesa y varietales fundamentalmente) a 20.000 kilos para las variedades tintas y 25.000 para las blancas.
Para la medida de retirada temporal (contratos de almacenamiento a largo plazo), su activación deberá realizarse a más tardar el 31 de enero de la campaña mediante una resolución de la DG de Producciones y Mercados, en la que se determinará la fecha de puesta en marcha, duración, comunidades autónomas a las que afecta, así como el volumen en cada una de ellas. Para que las CC.AA., antes del 28 de febrero, establezcan el volumen afecto por productor en base a sus producciones históricas, así como un plan de controles que permita confirmar que se cumple la obligación establecida.
Para el caso de que el productor no esté dispuesto a realizar el almacenamiento indicado, estará obligado a destilarlo o enviarlo a vinagrería y justificar debidamente su retirada definitiva del mercado.
La aplicación de estas medidas tendrá lugar en aquellas campañas en las que las disponibilidades de uva y vino sean elevadas con relación a la demanda prevista según un estudio econométrico que analice la necesidad de esa campaña.
A tenor de la experiencia obtenida y la derogación por parte de la Unión Europea de este modelo de regulación del mercado en la actual Organización Común de Mercado del sector vitivinícola (OCM), es posible que muchos productores esgriman el criterio de libertad de mercado y producción para mostrarse contrarios a su aplicación. Pero esa misma experiencia nos ha demostrado que la aplicación nacional de los fondos mediante los Planes de Apoyo al Sector Vitivinícola Español (PASVE) no han hecho sino favorecer la pérdida de potencial vitícola, tanto en número de hectáreas como en la calidad de las mismas, habiéndose perdido muchas de las parcelas históricas con bajos rendimientos y de variedades minoritarias. Así como aumentar descontroladamente rendimientos que hicieran posible la sostenibilidad económica de una actividad agraria ruinosa ante los bajos precios pagados por sus producciones.
Claro que ni este Real Decreto, ni ningún otro solucionará los problemas del sector, básicamente centrados en el desequilibrio entre producción y demanda. Pero de alguna manera habrá que intentar cortar el círculo vicioso en el que parece haber entrado. La valentía mostrada por la Interprofesional (OIVE), exigiendo al Ministerio su aprobación es digna de ser resaltada. Confiemos en que la corresponsabilidad de sus bodegas y viticultores esté a la altura y podamos acabar el año que recién comenzamos con excelentes noticias de haber encontrado el rumbo para valorizar nuestros productos.